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Por Rodrigo Acosta


PETICIÓN AL CONCEJO DE BOGOTÁ Y A LA ADMINISTRACIÓN, POR LOS MEDIOS COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOSMay. 8/20 Recomendaciones y concepto con relación a la Comunicación Comunitaria y Alternativa de Bogotá



CAPITULO Y DOCUMENTO QUE HACE PARTE DEL CONCEPTO DEL CTPD SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO:

Los medios comunitarios solicitamos al Concejo de Bogotá integrar a los medios comunitarios y alternativos en el PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO. Es de observar que si bien se adelantaron los diálogos con la administración de Bogotá, y existen compromisos puntuales, los mismos no se ven reflejados en el contenido del Proyecto de Acuerdo.
Solo aparece en el literal g del artículo 37 del proyecto de acuerdo el siguiente enunciado que es insuficiente.

Publicidad (Solo en Colombia y despues de cuarentena)

g.- El diseño y acompañamiento en la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad, así como, la creación de contenidos y fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios, y el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de genero y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público.

Para:
-Alcaldesa de Bogotá Claudia Nayibe López Hernández
-Concejo de Bogotá
De: Medios comunitarios y alternativos de Bogotá

El Consejo Territorial de Planeación Distrital CTPD, adelantó el proceso consultivo y redacción del documento “Concepto y recomendaciones” al borrador del Plan Distrital de Desarrollo, dicho concepto integra las recomendaciones realizadas por decenas de medios comunitarios y alternativos.

Fundamentos de la propuesta:
1. Las Normas de la política pública de comunicación comunitaria y alternativa, las normas internacionales y nacionales.
2. El programa de gobierno de la Alcaldesa Claudia López.
3. El contenido del PACTO POR LA RECONSTRUCCIÓN Y EL RESTABLECIMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA, suscrito por la Alcaldesa Claudia Nayibe López Hernández y los medios comunitarios y alternativos.
4. La carta suscrita por 120 medios comunitarios a la Alcaldesa Mayor de Bogotá y la Secretaría Distrital de Planeación en donde se presenta la propuesta de como integrar el pacto al Plan de Desarrollo Distrital.
5. Los diálogos sostenidos con las diferentes entidades.
6. La necesidad de fortalecer los procesos de comunicación comunitaria y alternativa en los grupos poblacionales, los sectores con temas específicos y los territorios, a objeto de facilitar los procesos de participación, el control social, la lucha contra la corrupción, y las campañas urgentes en temas vitales como la salud pública, la educación y la pedagogía entre otros.

Modificaciones al borrador de plan distrital de desarrollo:

(Conforme al borrador radicado al CTPD, cuy texto y metodología es diferente al radicado al Concejo de Bogotá)
Solicitamos se procesa a integrar al concepto del CTPD los siguientes ajustes.

Convenciones:
Se hace uso de la metodología del borrador del Plan de Desarrollo (propósito, logro de ciudad, programa)
· En subrayado las adiciones al texto existente
· En amarillo los programas existentes relacionados que no se modifican
· Todas las adiciones o modificaciones tienen sustento legal y el pacto sectorial.

Capítulo II. ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES

Artículo NUEVO___. Democratización de los gastos de divulgación y acciones misionales. La administración Distrital, sus entidades del orden central, descentralizado, los Fondos De Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal –IDPAC, con una participación del 33% de las cuantías dedicadas para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones.

Las secretarías en el marco de sus objetivos misionales, adelantarán acciones y programas con los medios comunitarios y alternativos.

*Documentos y conceptos de fundamentación:

-Pacto por la Reconstrucción y el Fortalecimiento de la Comunicación Comunitaria y Alternativa

Los directores de los medios comunitarios y alternativos representativos del sector, quienes suscribimos el presente documento y la candidata a la Alcaldía Mayor de Bogotá, Claudia Nayibe López, considerando que Colombia establece como derechos fundamentales la libertad de expresión y la participación ciudadana requeridos para el ejercicio del control social, la eficiencia administrativa y la lucha contra la corrupción.
Teniendo en cuenta que Bogotá D.C., dispone de una amplia normativa para el fortalecimiento de la comunicación comunitaria y alternativa, y en armonía con el programa de Gobierno de Claudia López, acordamos trabajar conjuntamente para integrar todos los tipos de medios audiovisuales, sonoros, impresos, y de las Tic en Proyectos del Plan de Desarrollo Distrital , para promover la comunicación comunitaria y alternativa, y el goce efectivo del derecho a la información y expresión de la comunidad. Es así como nos comprometemos a:

1. Realizar el proceso de reconstrucción, actualización y relanzamiento de la política pública de comunicación comunitaria y alternativa del Distrito, a través de fortalecer técnica, administrativa y económicamente a los medios de comunicación comunitarios y alternativos tales como locales, interlocales, sectoriales, poblacionales y temáticos de la ciudad, como también el fortalecimiento de las diferentes instancias de participación existentes o las que llegasen a crear.

2. Garantizar el fortalecimiento de los medios comunitarios y alternativos, mediante la difusión de la gestión pública. Para tal fin se conformará una comisión representativa de todos los tipos de medios que adelantará el proceso consultivo, mientras se decide la instancia de participación, para establecer los mecanismos y porcentajes de los planes de medios, comunicaciones, publicaciones y acciones, que se desarrollarán por las entidades en los diferentes niveles de la administración pública.

3. Fortalecer y apoyar la creación de las redes de comunicación comunitaria y alternativa y el logro de mayores niveles de cubrimiento territorial y poblacional. Implementando programas para lograr economías de escala, acceso a infraestructura, apoyo al emprendimiento, acceso a la tecnología y su armonización e integración con los proyectos de Bogotá SmartCity. Las secretarías en el marco de sus objetivos misionales, adelantarán acciones y programas con los medios comunitarios y alternativos.

4. Para la implementación de los diferentes programas se tendrá en cuenta el enfoque diferencial y de género, así como la aplicación y desarrollo de procesos y tecnologías que permitan la inclusión para las personas con discapacidad y de los grupos poblacionales.

Se suscriben en Bogotá a los 9 días del mes de octubre de 2019, Claudia Nayibe López, Candidata a la Alcaldía Mayor de Bogotá; Director Medio Audiovisual; Directora Medio Tv Cerrada Comunitaria; Director Medio Impreso; Directora Medio Impreso; Director Medio Sonoro; Director Emisora Comunitaria; Medio Población Discapacidad; Directora Medio Étnico; Director Medio TIC; Directora Medio TIC. (Original firmado)

-Marco Normativo:

1. El acuerdo distrital 292 de 2007: expedido por el Concejo de Bogotá, “por medio del cual se establecen los lineamientos de política pública en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones”; establece en ,el artículo tercero entre otras estrategias y líneas de acción las siguientes: “1) Apoyo a la creación, fortalecimiento y al reconocimiento social de los colectivos y redes de comunicación comunitaria que sean representativos de comunidades, grupos y sectores sociales, y que sean capaces de sostener y desarrollar procesos de comunicación, mediante acciones colectivas de producción y difusión de mensajes o muestren posibilidades de adquirir la correspondiente capacidad. 2) Cualificación de la gestión de los colectivos y redes de comunicación comunitaria y de la producción, realización y difusión de mensajes y representaciones comunitarias, a través, entre otros medios, de la capacitación de los miembros de esos colectivos y redes. 7) Adopción de disposiciones que promuevan la inclusión de las redes, colectivos y medios de comunicación comunitaria en los procesos de contratación de servicios de comunicación y divulgación adelantados por las entidades distritales.”

2. El Decreto 150 de 2008:por medio del cual se adopta la Política Pública de Comunicación Comunitaria”. CAPÍTULO. IV, LÍNEAS Y ESTRATEGIAS DE ACCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE LOS MEDIOS COMUNITARIOS DE COMUNICACIÓN, en el ARTÍCULO 6. Línea de acción Comunicación para la Participación, establece el numeral 6, así:

“5. Adopción de disposiciones que promuevan la inclusión de los actores de que trata el Acuerdo Distrital 292 de 2007, como son las redes, colectivos, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación comunitaria, en los procesos de contratación de servicios de comunicación y divulgación adelantados por el Distrito Capital y sus entidades.”

3. El Decreto 149 de 2008: “Por el cual se establece la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria"

4. El Pacto suscrito con la Alcadesa Claudia López que establece con alcance de compromiso de gobierno que: “Garantizar el fortalecimiento de los medios comunitarios y alternativos, mediante la difusión de la gestión pública. Para tal fin se conformará una comisión representativa de todos los tipos de medios que adelantará el proceso consultivo, mientras se decide la instancia de participación, para establecer los mecanismos y porcentajes de los planes de medios, comunicaciones, publicaciones y acciones, que se desarrollarán por las entidades en los diferentes niveles de la administración pública..”

5. El Decreto 744 de 2019 “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictan otras disposiciones”, establece en el artículo 44:

“ARTÍCULO 44. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS. Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal –IDPAC, para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones.”

6. Tarifas Aplicables: Son las establecidas en el lineamiento de tarifas y gastos de divulgación de la gestión pública vigentes desde el año 2011 y que se ajusta al IPC Bogotá por cada año. Dicho lineamiento está vigente y podrá revisarse.
La Mesa de Trabajo para la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria adoptó el 22 de diciembre de 2011 los Lineamientos para la creación y consolidación de Mesas Locales de comunicación comunitaria. También se adoptó el lineamiento de pautaje o gastos de divulgación y se fijaron las tarifas a las cuales se establece se ajustan al IPC anual.


· LINEAMIENTOS_politica_pautaje_medios_comunitarios.pdf

7. Acuerdos y Decretos Locales de comunicación comunitaria y alternativa:
Las Juntas administradoras locales, las alcaldías locales y oficinas de prensa por iniciativa de los medios comunitarios ya alternativos y en desarrollo de la normativa, ha creado las instancias de participación sean Mesas o Consejos.

A continuación, se pueden descargar la totalidad de las actas, decretos y acuerdos locales AQUI:

El Lineamiento general de Mesas o consejos locales es el siguiente:

LINEAMIENTOS__MESAS_LOCALES_aprobado_Mesa_Distrital_dic_22_2011.pdf

 

MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL:[1]
El marco normativo internacional sobre el derecho a la libre expresión, la libertad de pensamiento y opinión y el derecho al desarrollo y a la participación activa, es la siguiente:

· La Declaración Universal de los Derechos humanos en su artículo 19,
· El Pacto Internacional De Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19.
· La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) en su artículo 13,
· La Declaración sobre el derecho al Desarrollo en su artículo 2,
· La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en su capítulo iv.
· Los pronunciamientos de la Unesco.

MARCO CONSTITUCIONAL:

· El Artículo 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

· Artículo 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

· Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

· Artículo 73 : La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.

· Artículo 74: Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.

NORMAS NACIONALES

· Ley 397 de 1997, Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.

· La Sentencia C-371/00 de la Corte Constitucional, referencia: expediente P.E.010, M.P. Dr. Carlos Gaviria Díaz, del 29 de marzo del año 2000

· Ley 1341 de 2009 Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones - tic-, se crea la Agencia nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones.

· RESOLUCION NÚMERO 00415 DE 13 ABR. 2010, Del Ministerio De Tecnologías de la Información y las comunicaciones

· LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377 de 2013. Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

· Ley 182 de 1995, Ley 335 de 1996 y Ley 680 de 2001 relativas a los servicios de televisión.

Cuáles son los tipos de Medios Comunitarios y sus enfoques:

Sector de los Medios Impresos: Los Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos impresos corresponden a periódicos, revistas, separatas y ediciones especiales impresas en papel sistema de rotativa con lo cual se logran ediciones a escala.

Sector Medios TIC: Se trata de los medios comunitarios que utilizan las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC- y cuyos servicios y productos recogen, procesan, crean, transmiten o muestran datos e información electrónicamente. La información y datos así adopta la forma de textos, imágenes, audio o Televisión por el protocolo IP, streaming o asimilados.

El uso de las plataformas basadas en internet, sumado a ello la movilidad de los dispositivos, permite la transmisión de todo tipo de evento y la democratización de la información para propósitos de educación, impulso de campañas, denuncias, promover procesos organizativos, difundir productos y servicios.

El sector de Sonoros: El sector sonoros está conformado por los medios de comunicación comunitaria y alternativa que se caracterizan por usar como formato de información el sonido, el lenguaje vocal, la música o similares, independiente de si su emisión y transmisión utilizan la internet, cable, circuitos cerrados, señales electromagnéticas en frecuencias am y FM, frecuencia libres wifi u otro sistema.
Aquí se integran las emisoras comunitarias y las emisoras Online (soportados por Internet).

El Sector Audiovisuales: El sector audiovisual está conformado por los medios de comunicación comunitaria y alternativa que usan el formato audiovisual (audio e imágenes en movimiento) independiente del canal de transmisión.

Aquí se integran los canales de Televisión comunitaria catalogados así por la Autoridad Nacional de Televisión ANTV, los canales de Televisión por protocolo IP (internet) TvIp, Tv streaming y Tv por demanda que tengan dominio propio.

Cuáles son los tipos de Medios conforme a sus contenidos:

Son los contenidos los que reflejan realmente la orientación o perspectiva de cada uno de los medios de comunicación comunitaria y alternativa. El Decreto 150 de 2008 concertado con los miembros de la Mesa Distrital de la Política Pública de Comunicación Comunitaria definió así.

Comunicación Comunitaria: Proceso mediante el cual las comunidades asumen una voz propia y se organizan para integrarse y visibilizarse por intereses comunes (género, edad, etnia, credo, condición social o económica, orientación sexual, condiciones físicas y/o mentales, origen, territorio y asuntos lingüísticos, entre otros), para desarrollar y gestionar procesos comunicativos (medios de comunicación, formación, investigación, organización, entre otros), que reivindiquen a la población y sus derechos humanos.

ARTÍCULO 4. La comunicación comunitaria, incluye las siguientes perspectivas, las cuales se incorporan a la Política Pública de que trata este Decreto.

*Desde lo territorial: comprende un proceso de comunicación vinculado a una porción del territorio o espacio geográfico de la ciudad, bien por su división de carácter político administrativo, como los barrios, las unidades de planeación zonal y/o rural (UPZ y/o UPR), o las localidades, o bien, por las características ambientales y los límites geográficos naturales del entorno.

*Desde lo sectorial: atiende a las necesidades y expectativas de una determinada comunidad, sector o grupo de población u organización o movimiento social que comparte rasgos, características y/o intereses comunes de orden social, político, económico, étnico, lingüístico, ideológico, ambiental, educativo y/o cultural, independientemente del territorio o espacio geográfico que los individuos ocupen o habiten.

*Desde una perspectiva alternativa de sociedad: construye un proceso de comunicación de pensamiento autónomo e independiente que confronta el pensamiento único, apartándose generalmente de las expresiones de los medios tradicionales de comunicación y de los intereses económicos y de las relaciones de poder prevalentes.

Aportes de la comunicación comunitaria y alternativa para EL CAMBIO SOCIAL Y LA DEMOCRACIA

1. Proveen información real con independencia sobre temas del territorio y de las poblaciones. Son medios de la gente para la gente. No son ni medios comerciales ni institucionales.

2. Más democracia por que abrimos los canales de información para la opinión ciudadana.

3. Hacer ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión.

4. Información para el control social. La contratación y la gestión pública deben ser conocidas por todos, su acceso y publicación es requisito indispensable para la vigilancia y control de la ciudadanía.

5. Más tejido social y participación, por cuanto el reconocimiento de los intereses comunes nos permite la búsqueda de soluciones a los problemas sociales y adoptar iniciativas.

6. Luchamos contra la corrupción. los recursos públicos provienen del esfuerzo de la ciudadanía con el pago de impuestos y su apropiación debe ser denunciada por todos.

7. Reivindicación de los derechos sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales. "los derechos no se mendigan se exigen." tenemos una función pedagógica.

8. Plataforma para difusión de las expresiones culturales y artísticas.

9. Los medios comunitarios y alternativos somos a su vez una expresión cultural.

10. Somos medios de comunicación para el cambio social. Por ésto debemos estar integrados en el sistema distrital de participación, en el plan distrital de desarrollo y en los planes locales de desarrollo.

11. Reivindicamos los derechos humanos integrales y los relacionados con los grupos poblacionales.

12. Somos promotores de la paz, la reconciliación y defendemos la vida.

13. Somos expresión del tejido social, interconexión del mismo y factor de creación del capital social.

Suscribimos y apoyamos la presente propuesta:

 

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